Micelio
Auto18 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante De Oficio·Demandado Diaz Zartha Osias

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Purificación (Tolima) y la comunidad indígena Poincos Taira.

La controversia se causa por investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, perteneciente a comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de fraude procesal.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia y advierte que, el elemento personal está acreditado; respecto al factor territorial, la comunidad y las autoridades requeridas no allegaron información que diera cuenta del espacio geográfico en el que la comunidad indígena Poincos Taira despliega sus usos y costumbres.

En consecuencia, la Corte no tiene los elementos para analizar el factor territorial de manera extensiva.

Acerca del elemento objetivo, al involucrar conductas de interés para la sociedad mayoritaria y al no obrar ninguna manifestación al respecto por parte de las autoridades indígenas, este elemento orienta al juez a remitir el caso a la jurisdicción ordinaria.

Y, sobre el elemento institucional, la comunidad no demostró un andamiaje institucional para investigar, juzgar y sancionar este tipo de conductas.

Además, la víctima no hace parte de la comunidad sin que, en este caso, la Sala hubiese podido identificar de qué manera estarían protegidos sus intereses.

En consecuencia, la Corte resuelve mantener la competencia en la Jurisdicción Ordinaria y remitir el expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Purificación, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las partes, a la comunidad indígena Poincos Taira de Purificación, Tolima, y a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de Purificación, Tolima y la comunidad indígena Poincos Taira de ese mismo municipio, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso penal seguido en contra del señor Osías Díaz Zartha por la presunta comisión de los delitos de fraude procesal y falsedad en documento privado corresponde a la jurisdicción ordinaria penal.
  3. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4348 al Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo Municipal de Purificación, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las partes, a la comunidad indígena Poincos Taira de Purificación, Tolima, y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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